Cronograma obligaciones civiles y
comerciales. Segunda parte /segundo cuatrimestre 2023:
Esta segunda
parte del cuatrimestre trata las reglas especiales para algunas clases de
obligaciones, los medios de extinción y las fuentes en particular. Su estudio
requiere una intensidad mayor quizás de la exigida para la primera parte.
En el parcial final
se exige un dominio razonado de la materia en su totalidad, esto significa que
aunque se pregunte sobre los temas de la 2da.parte, siempre se evidencia si el
estudiante domina los temas de la primera, y obviamente no es posible aprobar
la materia si se exhiben defectos en la comprensión de temas esenciales como
mora, pago o efectos de las obligaciones entre otros, aunque hayan sido
examinados en el primer parcial.
Las formas en
que se ha de examinar son las mismas que ya se informaron para el primer parcial.
- Lunes 23 de octubre
Obligaciones
divisibles. Concepto (Art. 805 CCC.);
divisibilidad y división. Antecedentes históricos. Requisitos de la
divisibilidad (art. 806 CCC.). Deudor y acreedor singulares (art. 807
CCC.).Efectos en las relaciones con la otra parte. Principio de división (art.
808 CCC.). Pago y otros modos extintivos, insolvencia, prescripción, mora o
culpa, cosa juzgada; reglas aplicables (art. 812 CCC).Efectos en la relación
interna (art. 810 CCC).Comparación con las obligaciones indivisibles. Obligaciones indivisibles: Concepto
(art. 813 CCC).Casos de indivisibilidad (art. 814 CCC.)Efectos. Principios de
prevención (arts. 823 y 845 CCC) y propagación (816 y 817 CCC): Pago y otros
modos extintivos (arts. 816, 817 y 818 CCC). Caso de insolvencia (arts. 823 y
842 CCC.). Prescripción (art. 822 CCC.). Mora, factores de atribución de
responsabilidad (art. 819 CCC.). Cosa juzgada (arts. 823 y 832 CCC) efectos en
la relación interna (arts. 820, 821 CCC). Comparación con las obligaciones
divisibles. Comparación con las obligaciones solidarias.
Prestaciones
divisibles e indivisibles. Obligaciones de
dar: cosas ciertas (art. 815 inc. a) CCC.), de género (art. 763 2da. parte
CCC.), de cantidad, de dinero. Obligaciones de hacer (art. 815 inc. b) CCC).
Obligaciones de no hacer (art. 815 inc. c) CCC.). Obligaciones alternativas.
Obligaciones facultativas. Obligaciones con cláusula penal (art. 815 inc. d),
799. y 800 CCC.)Indivisibilidad impropia (art. 824 CCC). Concepto, efectos,
comparación con la indivisibilidad y la solidaridad. Casos.
2. martes 24 de octubre:
C) Obligaciones de medios y de resultado.
Concepto. Orígenes de la teoría, denominaciones, difusión. Virtualidades de
esta categorización: la carga de la prueba de la culpa, discusión doctrinaria.
Obligaciones de resultado: casos, régimen. Obligaciones de medios: casos,
régimen. Posición del Código Civil y Comercial (art. 1723 CCC).Importancia
actual.
3. jueves 26 de octubre :
D) Obligaciones simplemente mancomunadas:
Concepto (art. 825 CCC). Caracteres. Método del CCC.; crítica; el método de
Freitas. Efectos (art. 826 CCC.) Casos previstos por el Código. Otros casos:
pluralidad de responsables, directa y subsidiaria; pluralidad acumulativa;
contratos por equipo; créditos en mano común.
A) Obligaciones de hacer: Concepto (art.
773 CCC), comparaciones. Especies: fungibles y no fungibles; instantáneas y
permanentes; de servicio (art. 774 CCC) y de obra (art. 775 CCC.)Efectos.
Cumplimiento específico: tiempo, modo. Incorporación de terceros (art. 776
CCC.) Ejecución forzada (art. 777 CCC) y por otro: límite de ambas.
Responsabilidad por incumplimiento. Imposibilidad de pago.
Obligación de
escriturar: concepto, características. Otorgamiento de la escritura por el
Juez. Responsabilidad por incumplimiento: valuación del daño.
B) Obligaciones de no hacer: Concepto
(art. 778 CCC.); comparación con las de dar y de hacer y las servidumbres,
especies: instantáneas y permanentes. Efectos. Cumplimiento específico: tiempo,
modo. Ejecución forzada: límites. Responsabilidad por incumplimiento.
Imposibilidad de pago.
4. lunes 30 de octubre
E) Obligaciones solidarias: Concepto
(arts. 827 y 828 CCC.). Antecedentes. Caracteres. Fundamento. Fuentes (art. 827
CCC), modo de establecerla. Extinción absoluta y relativa (arts. 836 y 837
CCC.); casos y consecuencias. Nulidad. Solidaridad activa, pasiva y mixta.
Efectos: prevención, propagación, contribución o distribución.
Solidaridad pasiva. Concepto.
Importancia. Efectos principales; derecho al cobro (art. 833 CCC). Derecho a
pagar (art. 834 CCC.), caso de concurso; pago; otros medios extintivos (art.
835 CCC.).
5. martes 31 de
octubre:
Continuación obligaciones solidarias: Efectos
secundarios. Mora, culpa, dolo (art. 838 CCC.); indemnización; demanda de
intereses; prescripción (art. 839 CCC.); cosa juzgada (art. 832 CCC.). Efectos
en la relación interna- Principio de contribución (art. 840 CCC.), medida 8art.
841 CCC.). Acciones recursorias, caso de insolvencia y de concurso (art 842
CCC.)
Solidaridad activa: Concepto,
importancia. Efectos principales: derecho al cobro (art. 844 CCC.), caso de
prevención (art. 845 CCC.); pago; otros medios extintivos (art. 846 CCC.).
Efectos secundarios; pérdida inculpable de lo debido; mora; indemnización;
demanda de intereses; prescripción; cosa juzgada (art. 832 CCC.).Efectos en la
relación interna (art. 847 CCC.).- Principio de medida (art. 848 CCC.). Efectos comunes a la solidaridad pasiva
y activa. Defensas comunes y personales (art. 831 CCC), cosa juzgada (art. 832
CCC.). Limitación de los efectos: dispensa de la solidaridad, muerte (arts. 843
y 849 CCC.).
6. jueves 2 de noviembre:
F) Obligaciones concurrentes: Concepto
(art. 850 CCC.). Origen y vigencia de la categoría. Casos: responsabilidad del
principal (art. 1753 CCC). Responsabilidad de los padres (art. 1754 CCC.);
responsabilidad del dueño y del guardián (art. 1757 CCC), efectos (art. 851
CCC.), normas subsidiarias (art. 852 CCC.)Comparación con las solidarias.
Comparación de las obligaciones solidarias con las indivisibles, la fianza y
las "in solidum".
7.lunes 6 de noviembre: unidad 14 puntos a y c
A) Obligaciones alternativas: Concepto
(art. 779 CCC). Naturaleza jurídica. Caracteres. Comparación con otras
obligaciones. La elección (art. 780 CCC). A quién corresponde, caso de
negativa. Modo de efectuarla. Tiempo. Efectos (art. 781 CCC). Caso de las
prestaciones periódicas. Riesgos y responsabilidad: pérdida y deterioro;
incidencia de la culpa. Obligación alternativa irregular (art. 782 CCC).
Aumentos y mejoras. Elección por un tercero (art. 783 CCC).
C) Obligaciones facultativas: Concepto
(art. 786 CCC). Objeto. Fuente. Naturaleza jurídica Caracteres. Comparación con
las alternativas y con la cláusula penal. Caso de duda entre el carácter
facultativo y alternativo (art. 788 CCC.). La opción. A quién corresponde. Modo
de efectuarla Tiempo. Efectos (art. 786 última parte CCC). Riesgos y
responsabilidad: pérdida o deterioro, imposibilidad de cumplimiento (art. 787
CCC). incidencia de la culpa. Régimen de aumentos y mejoras.
8. martes 7 de noviembre:
Obligaciones de género limitado. Concepto.
Naturaleza jurídica Circunstancias de la elección.-Efectos: caso de pérdida
singular o general. Reglas aplicables (art. 785 CCC
d) Obligaciones disyuntivas: Concepto
(art. 853 CCC.). Caracteres. Naturaleza jurídica Comparación con las
obligaciones solidarias y las simplemente mancomunadas. Efectos: régimen legal
(art. 853 CCC.); elección del sujeto; recurso. Disyunción activa (art. 854
CCC.)Normas subsidiarias (art. 855 CCC.).
e) Obligaciones principales y accesorias:
Importancia de esta categorización. Criterios del CCC.; accesorios de la
obligación y cláusulas accesorias (art. 856 2da. parte CCC.)Obligaciones
accesorias. Concepto (art. 856 1ra. parte CCC.). Clases. Fuentes. Efectos
sustanciales (art. 857 CCC.) y procesales. Excepciones: en la cláusula penal y
el cargo. Derechos accesorios del acreedor. Obligaciones subsidiarias y
secundarias: comparación con las accesorias.
9. Jueves 9 de noviembre
A) Transmisión de derechos. Concepto.
Especies: Principio y limitaciones. Antecedentes históricos y evolución actual.
Cesión de créditos: Concepto (art. 1614
CCC.). Antecedentes. Metodología del CCC. Crítica. Partes del contrato.
Caracteres. Objeto (arts. 1616, 1617 CCC). Capacidad y legitimación. Forma:
regla y casos particulares (art. 1618 CCC.). Efectos entre las partes:
Obligaciones del cedente: transmisión del crédito (art. 1619 CCC); garantía
(1628 a 1631 CCC)b). Obligaciones del cesionario. Efectos con relación a
terceros. Desde cuándo operan estos
efectos (art. 1620 CCC.). Efectos entre el cesionario y el cedido; Actos
anteriores a la notificación (art. 1621, 1624 CCC.). Concurrencia de cesionarios
y embargantes (art. 1622 CCC.).
Cesión parcial (art. 1627 CCC). Cesión de crédito prendario (art. 1625 CCC.).
Comparación con otras figuras; con la novación, con el pago con subrogación.
Concepto y efectos de la cesión en garantía y de la prenda del crédito (art.
1615 CCC).- La cesión impropia: "pro soluto" y "pro
solvendo".
10. Lunes 13 de noviembre B) Pago por subrogación: Concepto,
efectos, comparación con la cesión de créditos. Naturaleza jurídica. Especies
(art. 914 CCC.). Subrogación legal; casos 8art. 915 CCC.).Subrogación
Convencional: casos (arts. 916 y 917 CCC.).
Efectos: principio (art. 918 CCC.), limitaciones (art. 919 CCC.),
supuesto de pago parcial (art. 920 CCC.)
C) Transmisión de deudas: Concepto (art.
1632 CCC). Antecedentes históricos y Derecho comparado. Cesión de deuda "stricto sensu".
Asunción privativa y Asunción acumulativa (arts. 1632 a 1634 CCC). Promesa de
liberación (art. 1635 CCC.).
D) Cesión de la posición contractual (art.1636
y sgtes. CCyC ) :Efectos. Defensas. Garantías. Caracteres
E) Transmisión de patrimonios: Transmisión
mortis causa. Fondo de comercio (ley 11.867). Transmisión en la quiebra (arts.204 y 205 ley 24.522).
11. martes 14 de noviembre:
Otros medios de
extinción. Criterios de clasificación: satisfactorios y no satisfactorios,
legales y voluntarios; originados y derivados; generales y especiales; directos
e indirectos; por el hecho del deudor, del acreedor; conjunto o externo.
A) Transacción: Concepto (art. 1641
CCC.). Metodología del Código Civil y Comercial. Requisitos. Naturaleza
jurídica. Caracteres. Comparación con la renuncia, el desistimiento, la
confirmación y la ratificación. Clases. Capacidad y representación. Objeto:
principio y excepciones. Forma (art. 1643 CCC.); prueba, interpretación (art.
1642 inc fine CCC.); desistibilidad (art. 1643 in fine CCC). Efectos (art. 1642
CCC.). Efecto declarativo: principio, limitaciones, evicción. Efecto extintivo:
limitaciones; fianza, solidaridad (arts. 835 inc. d); 846 inc. d) CCC.).
Indivisibilidad: principio y limitaciones; consecuencias. Nulidad: distintas
causas (arts. 1645, 1647 CCC.). Errores aritméticos (art. 1648 CCC).
B) Confusión: Concepto (art. 931 CCC.),
comparación con la compensación Naturaleza jurídica Especies. Efectos,
extensión de ellos. Casos especiales: transmisión "mortis causa"
fianza, solidaridad (arts. 932, 846 inc. d) CCC). Extinción; causas anteriores
y necesarias, posteriores y voluntarias.
C) Renuncia y remisión: Concepto de una y
otra (arts. 944 y 950 CCC.); distintas posiciones. Sobre qué versan. Naturaleza
unilateral o bilateral. Renuncia. Especies (art. 945 CCC). Elementos: capacidad
y representación, objeto, forma (art. 949 CCC.), prueba e interpretación (art.
948 CCC.). Caracteres. Efectos: aceptación (art. 946 CCC.) casos de solidaridad
(art. 846 inc. b) CCC) y fianza (art. 857, 946 CCC.). Retractación (art. 947
CCC.). Remisión (art. 950 CCC.). Requisitos. Presunciones. Formas: casos de
remisión tácita. Normas aplicables (art. 951 CCC.). Efectos (art. 952 CCC.).
12.jueves 16 de noviembre:
D) Novación: Concepto (art. 933 CCC.).
Antecedentes. Derecho moderno. Comparación con el reconocimiento, la
confirmación, la renuncia. Elementos.
Obligación anterior: casos de nulidad (art. 938inc. a) CCC.); sujeta a
condición (art. 938 inc. b) CCC.). Obligación nueva: casos de nulidad (art. 939
inc. a) CCC.) y sujeta a condición (art. 939 inc. b) CCC.). "Animus
Novandi" (art. art. 934 CCC.). Especies (arts. 936 y 937 CCC.). Capacidad
y representación- Novación objetiva: concepto, clases. Casos especiales:
modificación del monto, del lugar del pago, introducción de modalidades.
Novación subjetiva; concepto. Clases. Cambio de acreedor y cesión de créditos.
Cambio de deudor: delegación y expromisión. Efectos entre la obligación y sus
accesorios (art. 940 CCC). Novación legal (art. 941 CCC.).
E) Dación en pago. Concepto (art. 942
CCC.). Terminología Comparación con la novación, el pago, las obligaciones
alternativas y facultativas. Requisitos. Efectos. Caso de evicción (art. 943
CCC.). Reglas aplicables (art. 943 CCC.): "Datio pro solvendo ".
13. martes 21 de noviembre:
A) Compensación: Concepto (art. 921
CCC.). Especies (art. 922 CCC.). Compensación legal. Concepto. Requisitos (art.
923 CCC.). Obligaciones no compensables (art. 930 CCC.). Efectos, modo de
producirse (art. 924 CCC.), antecedentes históricos. Casos especiales; quiebra,
fianza (art. 925 CCC.), solidaridad (art. 846 inc. b “in fine” CCC), cesión.
Compensación voluntaria o convencional: concepto, régimen. Compensación facultativa: concepto, casos,
efectos (art. 927 CCC.). Compensación
judicial: concepto, régimen, desde cuando produce efectos (art. 928 CCC.). Quid
de la reconvención. Las operaciones de "clearing" como compensación
plurilateral.
14. jueves 23 de
noviembre: unidad 16 puntos d y e
B) Prescripción liberatoria: repaso de
conceptos. Efectos. El principio de prescriptibilidad, excepciones. Iniciación
del curso de la prescripción
Plazos de
prescripción: genérico (art. 2560 CCC.) y especiales (art. 2561 a 2564 CCC):
análisis. La interpelación como causa de suspensión (art.2541). La mediación.
C) Otros: condición resolutoria, plazo
final, Por vía refleja: rescisión, revocación, resolución. Quid de la nulidad.
Causas particulares a ciertas obligaciones: muerte, incapacidad, imposibilidad,
abandono.
15.lunes 27 de noviembre:
A) Contrato: Concepto (Art. 957 CCC),
convención y contrato. Evolución del instituto, nuevas modalidades, quid de su
crisis; limitaciones a la autonomía de la voluntad (art. 958 CCC): la
autodecisión y la autoregulación. Elementos: el consentimiento contractual
(art. 971 CCC.) y su régimen: oferta (art. 972 CCC.), aceptación (art. 978
CCC.), consentimiento. Objeto del contrato (art. 1003 CCC.), efectos (arts.
1021 a 1024 CCC). Clasificación (arts. 956 a 970 CCC). Extinción (arts. 1076 a
1091 CCC) (remisión).
B) Voluntad unilateral: Concepto.
Antecedentes históricos, y Derecho comparado.
Régimen del CCC.: Regla general (art. 1800 CCC.); casos: reconocimiento
y promesa de pago (art. 1801 CCC.); cartas de crédito (art. 1802 CCC); promesa
pública de recompensa (arts. 1803 a 1806 CCC.); promesa de recompensa al
vencedor de un concurso (arts. 1807 a 1809 CCC.); garantías unilaterales (arts.
1810 a 1814 CCC.). Ofertas al público
(art. 7 Ley de Defensa del Consumidor 24.240)
16. martes 28 de noviembre
C) Ejercicio abusivo de los derechos:
Concepto. Antecedentes históricos. Criterios de caracterización; b)- Sistema
del Código Civil y Comercial (art. 10 CCC.); evolución legislativa y
jurisprudencial. Efectos. Fundamento de la responsabilidad. Abuso de la
posición dominante (art. 11 CCC.).
Enriquecimiento sin causa: Concepto.
Caracterización (art. 1794 CCC.). Antecedentes históricos, legislación extranjera.
"Actio in rem verso" Requisitos: enunciado y análisis (art. 1795
CCC). Fundamento: distintas teorías.
Gestión de negocios: Concepto (art.
1781 CCC.). Fundamento. Efectos que produce (art. 1785 CCC.). Acciones que
genera. Obligaciones del gestor (arts. 1782 y 1784 CCC.). Responsabilidad del
gestor (arts. 1786, 1787 y 1788 CCC.). Ratificación (art. 1789 CCC.). Normas
supletorias (art. 1790 CCC.). Comparación con el contrato y el enriquecimiento
sin causa. Empleo útil (arts.1791ª
1793 CCyC)
Obligaciones “ex lege”: concepto;
carácter de fuente innominada. Análisis de los diversos supuestos. Quid de la
sentencia. Discusión. Tipos de sentencias
17. Jueves 30 de noviembre
E) Pago de lo indebido. Concepto.
Distintos supuestos (art. 1796 CCC.). Metodología del CCC. Efectos (art. 1798
CCC.), casos de buena y mala fe del "accipiens" (art. 1799 inc. b)
CCC.); situación de los terceros; irrelevancia del error (art. 1797 CCC.)Pago
por error. Concepto. Sistema de Freitas, comparación con el pago sin causa El
error: elementos sobre los que puede recaer: naturaleza, errores que no dan
lugar a la repetición, excusabilidad, prueba. Pago sin causa (art. 1796 inc. a)
CCC.). Concepto. Comparación con el pago por error. Casos. Pago con causa
ilícita o inmoral (art. 1796 inc. d) CCC.); limitaciones de la repetición (art.
1799 inc. c) CCC). Falta de causa: casos. Pago obtenido por medio ilícitos:
régimen (art. 1796 inc. e) CCC.
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