Aguerri 2
Arista Jimena 4
Arroyo Franco 2
Arteaga 2
Bruno Luis Federico 1
Camposano 2
Capristo 6
Carrari Lucas 2
Carricart 4
Chaar 4
Cohelo Bárbara 2
Copa 2
Coplo Nicolas 2
Dahn 2
Deisel Camila 2
Della Vita 7
DellÁrciprete 2
Escobar Melissa 2
Figueredo 1
Flores Facundo 2
Flores Mariano 2
Funes Graciela 2
Fuoco Eros 6
García Belen 2
Hansson Victor 9
Hernando 2
La macchia 2
Larson 2
Maccio 2
Mateo Rodrigo Julian 2
Montagna 2
Moran Dolores 8
Moran Micaela 2
Moreno 2
Pinasco Abigail Elena 2
Quipildor 2
Ramos Lautaro 1
Robles Elisabet 2
Sanchez Madrid 2
Sanchez Maria Victoria 2
Sepulveda 1
Strano 4
Taboada Brocher Braian 2
Tantera Liliana 2
Torrilla 2
Trotta Hugo 2
Vidal Gonzalo 4
Viva Victoria 2
Centro de Estudiantes de Derecho - U.N.M.D.P
FRANJA MORADA CONDUCCIÓN
Desde el centro de estudiantes de derecho, queremos extenderte una forma mas práctica y masiva para conocer tus notas. En consecuencia, creamos este blog, que te permite a pocas horas de publicadas las notas en el Centro de Estudiantes y en Bedelía, acceder a ellas desde tu casa.
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martes, 29 de mayo de 2018
lunes, 28 de mayo de 2018
RESPUESTAS DEL RECUPERATORIO DEL PRIMER PARCIAL DE CIVIL PARTE GENERAL COM 2 Y 3
Derecho
Civil I. Parte general.
Respuestas
del recuperatorio primer parcial primer cuatrimestre 2018.
Pregunta
1: La
capacidad de derecho es la aptitud para ser titular de derechos y deberes
jurídicos (art. 22 del CCCN).
La de ejercicio es la
aptitud para ejercer por sí mismo esos derechos, excepto en los casos
expresamente previstos en el código (arts. 23 y 24 del CCCN).
Fundamento: con las
incapacidades de derecho se trata de proteger principios superiores, de orden
público o atinentes al interés general, la moral y las buenas costumbres (ver
arts. 403, 1001 y 1002, 2482 del CCCN). Por eso no están establecidas en
interés del incapaz sino en su contra, para evitar infracciones en las que
puede incurrir con motivo del goce de sus derechos.
Las de ejercicio en
cambio, siempre tienen por objeto proteger a la persona que tiene falta de edad
o madurez suficiente o ineptitud psíquica para el pleno ejercicio de sus
derechos (menores y personas con capacidad restringida –art. 32-), y en otros
casos directamente ante la imposibilidad de ejercicio (persona por nacer) o la
de interactuar con el entorno y expresa su voluntad (personas incapaces –art.
32 último párrafo-).
Sanción: precisamente
por ser distinto el fundamento de la incapacidad el rigor de la sanción también
es diferente, en la incapacidad de derecho la nulidad –ineficacia que priva de
sus efectos al acto- es absoluta, de tal manera que el acto obrado en contra de
las disposiciones de la ley no puede ser confirmado ni la acción de nulidad es
prescriptible, ´para preservar el fundamento en que se asienta la incapacidad.
En las de ejercicio,
como su fin es tuitivo o de protección del incapaz, la nulidad es relativa, por
lo que si el acto que realizó es beneficioso, puede ser confirmado por su
representante legal o por él mismo.
Remedios: la
incapacidad de derecho, en atención a su fundamento no tiene remedios legales.
El acto es sancionado con la nulidad absoluta (art. 387 del CCCN).
En cambio para la
incapacidad de ejercicio el código establece un sistema de protección y apoyos.
A diferencia del
régimen anterior, el sistema de representación hoy es excepcional y se adopta
un sistema de asistencia mediante apoyos (art. 43 del CCCN) que para cada caso
particular va a establecer el juez.
El art. 1oo establece la
regla general de que las personas incapaces ejercen los derechos que no pueden
ejercer por sí mismos por medio de sus representantes.
Y el art. 101 que son
representantes a) de las personas por nacer sus padres; b) de las personas
menores de edad no emancipadas, sus padres. Si faltan o son incapaces ambos, o
están privados de la responsabilidad parental o suspendidos en su ejercicio,
los tutores que se les nombre (queda claro que si sólo uno falta o es incapaz o
pierde la responsabilidad parental o es suspendido en su ejercicio, los
representa el otro); c) de las personas con capacidad restringida (art. 32) el
o los apoyos designados en la sentencia, y de los incapaces (art. 32 último
párrafo) el curador que se les nombre.
Además de este sistema,
cuentan con la actuación del Ministerio Público –los menores de edad, incapaces
y personas con capacidad restringida-, que, en el ámbito judicial, puede ser
complementaria (en todos los procesos en que los estén involucrados intereses
de estas personas), o principal, cuando: a) cuando los derechos de los
representados están comprometidos o existe inacción de los representantes; b)
cuando el objeto del proceso es exigir el cumplimiento de sus deberes a los
representantes; c) cuando carecen de representante legal y es necesario darles
uno.
En la esfera
extrajudicial actúa ante la ausencia, carencia, o inacción de los
representantes cuando están afectados derechos sociales, económicos y
culturales de estas personas (art. 103 del CCCN).
Pregunta
2: La
ley establece que se puede cambiar el prenombre oe l apellido de las personas
(afectando la característica de inmutabilidad del nombre), cuando existan
justos motivos, cuya existencia queda a criterio del juez, pero al mismo tiempo
enumera como tales: a) que la persona tenga un seudónimo que ha adquirido
notoriedad; b) una raigambre cultural, étnica o religiosa; c) cuando afecta la
personalidad del interesado, por cualquier causa, siempre que la acredite.
No se necesita realizar
un trámite judicial , cuando se quiere cambiar el prenombre por razones de
identidad de género, o el prenombre y apellido cuando se ha sido víctima de
desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado
civil o de la identidad (art. 69 del CCCN).
Pregunta
3: El
CCCN clasifica a las personas jurídicas en públicas (art. 146) y privadas (art.
148). La asociaciones civiles y las simples asociaciones son PJ privadas (art.
148 incs. b y c).
Como le ha aconsejado
la figura de la asociación civil, hay que tener en cuenta que:
a) el objeto no debe
ser contrario al interés general ni al bien común, ni perseguir el lucro como
fin principal, o que el fin sea de lucro para sus miembros o terceros (art.
168).
b) La forma del acto
constitutivo, la ley requiere instrumento público que sea inscripto en el
registro correspondiente una vez obtenida la autorización estatal para
funcionar.
c) duración: el plazo
fijado en el acto constitutivo o a perpetuidad (art. 170 inc. e).
d) Requieren control
estatal permanente (art. 174).
e) Los órganos que la
integran son: asamblea (órgano de gobierno), comisión directiva (órgano de
administración) y el órgano de fiscalización interna, que puede estar a cargo
de uno o más revisores de cuentas. La comisión revisora de cuentas es
obligatoria cuando la asociación tiene más de 100 asociados (art. 172 segundo
párrafo). Además debe indicarse en el acto constitutivo el órgano de
representación (art. 170 inc. l).
f) Los asociados no
responden por las deudas de la asociación ni en forma directa ni subsidiaria.
Su responsabilidad está limitada a cumplir con
los aportes comprometidos al constituirla o posteriormente, y al de las
cuotas o contribuciones a que estén obligados (art. 181).
g) El destino de los
bienes luego de liquidarla debe estar contenido en el acto constitutivo, que
puede establecer que se atribuyan a entidad de bien común pública o privada,
que no tenga fin de lucro y con domicilio en Argentina (art. 170 inc. n); si el
estatuto nada establece, el remanente, debe destinarse a otra asociación civil
con domicilio en la República de objeto igual o similar a la liquidada.
domingo, 27 de mayo de 2018
ADMINISTRATIVO COM 1 RECUPERATORIO 1° PARCIAL
DERECHO
ADMINISTRATIVO. COM. 01
NOTAS
RECUPERATORIO 1º PARCIAL.
REVISIÓN: 11:15
HS. LUNES 28. DESPUÉS DE CLASE.
GUERRERO
GABRIELA: 4
GARCÍA FACUNDO:
7
DE ROSA FACUNDO:
2
TRUEBA
FLORENCIA: 6
FACCO JUAN
MANUEL: 2
TADEO REINA: 2
CAMPOSARO NADIA:
5
SKOCZDOPOLE
AGUSTINA. 2
NEME SHEILA: 2
ARNUZ DAIANA: 7
CECHEIRO DERDEZ
VALENTINA: 8
MANSILLA JUAN
MANUEL: 5
jueves, 24 de mayo de 2018
miércoles, 23 de mayo de 2018
NOTAS RECUPERATORIO FAMILIA Y SUCESIONES COM 4
Burgos, Maria Aldana 4
Cesar, Camila 7
Mackay, Sofia 6
Puig Contardo, Valeria 6
Sauro, Rocio 5
DESAPROBADOS
Alegre, Marta
Ennis, Juan Manuel
Grasso, Ciro
Lescano, Roxana
Martinez Gomez, Juan
Pavon, Alan
Rivaldo, Florencia
CONSULTA DE
EXAMENES: Miércoles 23 de mayo, 16.15 hs., aula de clase.
martes, 22 de mayo de 2018
CRONOGRAMA DE ELEMENTOS COM 2 SEGUNDA PARTE
LUNES 14 DRA. PEREYRA RESOLUCIONES JUDICIALES
MIÉRCOLES 16 DR. VERDI CLASIFICACIÓN PROCESOS. PROCESO CONOCIMIENTO
VIERNES 18 DRA. BUSTAMANTE ACTOS PROCESALES. NOTIFICACIONES
LUNES 21 DRA. PEREYRA SENTENCIA DEFINITIVA
MIÉRCOLES 23 DR. VERDI MEDIACIÓN. PROCESOS CONOCIMIENTO.
LUNES 28 DR. ESPINOSA PRINCIPIOS PROCESALES
MIÉRCOLES 30 DR. VERDI DEMANDA. CONTESTACIÓN. RECONVENCIÓN
JUNIO
VIERNES 1º DRAS. BUSTAMANTE Y SANTIAGO TRABAJO PRACTICO DEMANDA
LUNES 4 DRA. PEREYRA PRUEBA PROCEDIMIENTO PROBATORIO
MIÉRCOLES 6 DR. VERDI PROCESOS DE EJECUCIÓN
VIERNES 8 DR. ESPINOSA PARTE
LUNES 11 DRA. PEREYRA Y SANTIAGO MODOS ANORMALES TERMINACIÓN PROCESOS
MIÉRCOLES 13 DR. VERDI PROCESOS ARBITRALES. ESPECIALES Y UNIVERSALES
VIERNES 15 DRA. BUSTAMANTE DEMANDA Y CONTESTACIÓN. PRÁCTICOS
LUNES 18 DR. ESPINOSA PRUEBA
MIERCOLES 20 FERIADO
JUEVES 21 DR. BASSO RECURSOS
VIERNES 22 DRA. SANTIAGO Y BUSTAMANTE MATRICULA ABOGADOS. REQUISITOS
LUNES 25 DRA. PEREYRA MODOS ANORMALES TERMINACIÓN PROCESOS, REPASO
MIERCOLES 27 DR. VERDI REPASO
JUEVES 28 DR. BASSO RECURSOS
VIERNES 29 DRA.BUSTAMANTE TRABAJO PRACTICO TRIBUNALES
CRONOGRAMA DE ELEMENTOS COM 1 SEGUNDA PARTE
LUNES 14 DRA. PEREYRA RESOLUCIONES JUDICIALES
MIERCOLES 16 DR. ESPINOSA PRETENSION. PROCESO. CLASIFICACION
VIERNES 18 DRA. BUSTAMANTE ACTOS PROCESALES. NOTIFICACIONES
LUNES 21 DRA. PEREYRA SENTENCIA DEFINITIVA. COSA JUZGADA.
MIERCOLES 23 DRA. BUSTAMANTE MEDIACION. DEMANDA.
LUNES 28 DR. ESPINOSA PRINCIPIOS PROCESALES
MIÉRCOLES 30 DRA. SANTIAGO Y DRA. PEREYRA CONTESTACIÓN DEMANDA. EXCEPCIONES.
JUNIO
VIERNES 1º DRA. BUSTAMANTE TRABAJO PRACTICO DEMANDA
LUNES 4 DRA. PEREYRA PRUEBA. PROCEDIMIENTO PROBATORIO
MIÉRCOLES 6 DRA. SANTIAGO Y PEREYRA PROCESOS ARBITRALES
VIERNES 8 DR. ESPINOSA PARTE
LUNES 11 DRA. PEREYRA Y SANTIAGO MODOS ANORMALES TERMINACIÓN PROCESOS
MIÉRCOLES 13 DRA. PEREYRA PROCESOS DE EJECUCIÓN
VIERNES 15 DRA. BUSTAMANTE DEMANDA Y CONTESTACIÓN. PRÁCTICOS
LUNES 18 DR. ESPINOSA PRUEBA
MIÉRCOLES 20 FERIADO
JUEVES 21 DR. BASSO RECURSOS
VIERNES 22 DRA. SANTIAGO Y BUSTAMANTE MATRICULA ABOGADOS. REQUISITOS
LUNES 25 DRA. PEREYRA PROCESOS ESPECIALES. PROCESOS UNIVERSALES
MIERCOLES 27 DR. ESPINOSA REPASO
JUEVES 28 DR. BASSO RECURSOS
VIERNES 29 DRA.BUSTAMANTE TRABAJO PRACTICO TRIBUNALES
PRACTICA 2 NOTAS DEL RECUPERATORIO
PRACTICA PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL II
NOTAS PRIMER PARCIAL 2 DE MAYO DE 2018
REVISIÓN: HOY 22/05 A LAS 14.30 HS.
APROBADOS.-
ADOBATTI, GAE
ARGUELLO, YESICA SOLEDAD
ARRIETA, EXEQUIEL
ARROSA, LUCIA
ASTRADA, Facundo
ASTUDILLO, CLAUDIA
AVELLANEDA, MARIANO
AZCARATE SOFIA
BARRIONUEVO ROMINA S.
BATTIONE ATUCHA, Aranza Maite
BELLA, DAVID
BURKET LUCIANO
CARAMES, MARIANA
CARDOSO, M. Florencia
CAMPANELLA DI SCALA, ANA
COLELLA, Manuela
CRESPIN, NANCY
CUCO, CELESTE
DADONE ALVAREZ, ANTONELLA
DAVID ANA
ECHAVARRY MAUI
FIORENTINO AGUSTINA
GUAUDIENI, SILVIA
GUEVARA FACUNDO
GUTIERREZ, M. Aynara
JUAREZ, MELISA
MAMANI TORREZ, Claribel
MANELLI, Franco
MARIÑANSKY MATIAS N.
MENDEZ, Moira A.
NINNO, MACARENA
ONOFRI MARIA MANUELA
PAGELLA, CAMILA
PEREZ PEGUE SOFIA
PIZZORNO, BARBARA
QUINTAN, CLAUDIO
RECALT, CANDELA
RELIZ, MIRNA VIVIANA
RODRIGUEZ, LORENA
ROMERO ALEXIS NICOLAS
RUFFINI YESICA
SABA, MARTINA
SARDO PAOLA
SILVA LARA
VILLAPLANA SALAS, MARIA F.
ZELASCHI, JOSEFINA
DESAPROBADOS.-
ALDAY INES
AVILA, CAMILA
BORDAS ANDRES
BOURGUET, GONZALO
CASAL, MARIA MAGDALENA
CASTAÑEDA, M. BELEN
DI FRANCESCO, AGUSTINA
DOMINGUEZ LUCIA
DURANTE SANTIAGO
FINAMORE, MARIA P.
FOGLIA MARIA INES
FRECHERO BARBARA
FRIGHETTO, Agostina
GIUSTO, ARIEL
GUTIERREZ MARTA LIDIA
HAMER, Kevin
JORGE, AMARILIS
JORGE, RODRIGO
KESEN, MILENA
MALDONADO, JUAN
MANFREDI NICOLAS
MORENO, ROSALBA
MORETTI, MARIA EUGENIA
MORO MARIANO
MORRONE MARIA BELEN
OBREQUE, Juan R.
ORTEGA, MONICA LUJAN
PICCIONE, ADRIAN
RAMIREZ, MARIA SOL
RAMON, Julian E.
REQUENA, Yanina
ROMERO, M. FLORENCIA
RUIZ DEBORA
SALAS ERICA
SANCHEZ JULIETA
SEVERIO, Lautaro
TASCA CLAUDIO
TOLEDO, ROSARIO
VEGLIA JOSE
VITALE, GUADALUPE
lunes, 21 de mayo de 2018
NOTAS RECUPERATORIO REALES T/C
LETRAS A y D REVISION: MARTES 22 A LAS 14 HS DRA. VILLANUSTRE
ALBARENGA JUAN 4
ALDEOCA FABIANA 5
ALFARO MALDONADO 5
ALTAMIRANO Rodrigo 2
ALZAMORA Rocio 2
ARIAS POGORZESLKY 2
DESTEFFANIZ Federico 2
DECIA Marcela 2
DEVETAC Rocio 4
DOYLE Mauricio 5
DUFAU Camila 5
LETRA B REVISION JUEVES 24 DE MAYO A LAS 16:30
LETRA C
C 2 DOS
Camposano 7 SIETE
CASTILLO 4 CUATRO
CRUZ 4 CUATRO
CANALE 2 DOS
CEPEDA 2 DOS
CUSIN 2 DOS
COSA 2 DOS
CABANA 2 DOS
LETRAS T, E, V y Z Fecha y horario de revisión / miércoles 23 de mayo 13 hs
1-TRUEBA Florencia (com. 1 )Nota : 1 uno
2-ESCUDE Veronica (com . 2 )Nota : 5 cinco
3-ENJALRAN Clara (com. 4 )Nota : 4 cuatro
4- ESCOBAR SEJAS, R.odrigo (Com. 5) Nota : 2 dos
5- VERDUGO , Elisa ( comisión 3 ) Nota : 2 dos
6- VENANZI, Leonardo (Comisión 1 )Nota: 2 dos
7- ZAMPINI, Lorena ( comisión 04) Nota : 4 cuatro
Lista letras H, J, L y LL Dra. Moliné Revisión miercoles 23/5 12.30 hs en la facultad
HARRECH MARIELA 2
JAIME KARIN 6
JEREZ BOCOGNA LUCAS 2
ALDEOCA FABIANA 5
ALFARO MALDONADO 5
ALTAMIRANO Rodrigo 2
ALZAMORA Rocio 2
ARIAS POGORZESLKY 2
DESTEFFANIZ Federico 2
DECIA Marcela 2
DEVETAC Rocio 4
DOYLE Mauricio 5
DUFAU Camila 5
LETRA B REVISION JUEVES 24 DE MAYO A LAS 16:30
Borrego Cristian Kevin 6 seis
Beascoechea Martina 4 cuatro
Beascoechea Martina 4 cuatro
Bazan Rosario 5 cinco
Borda Elena 2 dos
Brummer Thomas 2 dos
Berardo Diego 2 dos
Bicarelli Agostina 2 dos
Borda Elena 2 dos
Brummer Thomas 2 dos
Berardo Diego 2 dos
Bicarelli Agostina 2 dos
C 2 DOS
Camposano 7 SIETE
CASTILLO 4 CUATRO
CRUZ 4 CUATRO
CANALE 2 DOS
CEPEDA 2 DOS
CUSIN 2 DOS
COSA 2 DOS
CABANA 2 DOS
LETRAS T, E, V y Z Fecha y horario de revisión / miércoles 23 de mayo 13 hs
1-TRUEBA Florencia (com. 1 )Nota : 1 uno
2-ESCUDE Veronica (com . 2 )Nota : 5 cinco
3-ENJALRAN Clara (com. 4 )Nota : 4 cuatro
4- ESCOBAR SEJAS, R.odrigo (Com. 5) Nota : 2 dos
5- VERDUGO , Elisa ( comisión 3 ) Nota : 2 dos
6- VENANZI, Leonardo (Comisión 1 )Nota: 2 dos
7- ZAMPINI, Lorena ( comisión 04) Nota : 4 cuatro
LETRAS
G Y F (
G.S) : REVISION CONJUNTA CON DR. MOLINE MIERCOLES 12.30 HS.
1)
GALEANO, ROSARIO BELEN ( C.1) 2 (DOS)
2)
GUTIERREZ, VIOLETA ( C.1) 4 (CUATRO)
3)
GIGLIOTI, LUCIANA ( C. 1) 6 (SEIS)
4)
GALVAN, PAMELA ( C. 1). 4 (CUATRO)
5)
GOMEZ, SUSANA ( C. 1) 2 (DOS)
6)
GIMENEZ, PABLO ( C.1) 2 (DOS)
7)
GUTIERREZ, RODOLFO ( C.4) 2 (DOS)
8)
GONZALEZ, FABIANA ( C.1) 2( DOS)
9)
GUALTIERI, MATIAS (C.4) 2 (DOS)
10)
FERNANDEZ, CARLOS ( C.3) 4 (CUATRO)
11)
FONTANA MANELA ( C.2) 5 (CINCO)
12)
FUNES, SILVINA ( C.2). 4 (CUATRO)
13)
FABIO, GISELLA ( C.2) 2 (DOS)
14)
FREIXAS, PILAR ( C.4) 2 (DOS)
JAIME KARIN 6
JEREZ BOCOGNA LUCAS 2
JUNCO JENNIFER 2
LANARI JULIA 5
LUNA MARIANA 5
LAGE MIRTA 2
LOPEZ BRUZZESE IVAN 2
LOPEZ CARREÑO RODRIGO 2
LAGO AYELEN 5
LASAYE JUAN INGNACIO 5
LAITAN DANIEL 4
LLANOS EMILIANO 2
LETRA M REVISIÓN 22/05/2018 18.30 HS (SALA DE PROFESORES) DR. POLITIS
LETRA N y R MARTES 18:30 REVISION DRA. OTAMENTDI
LANARI JULIA 5
LUNA MARIANA 5
LAGE MIRTA 2
LOPEZ BRUZZESE IVAN 2
LOPEZ CARREÑO RODRIGO 2
LAGO AYELEN 5
LASAYE JUAN INGNACIO 5
LAITAN DANIEL 4
LLANOS EMILIANO 2
LETRA M REVISIÓN 22/05/2018 18.30 HS (SALA DE PROFESORES) DR. POLITIS
MANSILLA
|
FACUNDO
|
33747453
|
2 (DOS)
|
MANZO SAN SIMON
|
33181128
|
5 (CINCO)
|
|
MARTINEZ
|
TOMAS AGUSTIN
|
38608597
|
2 (DOS)
|
MARTINEZ
|
KETTY
|
2738270
|
2 (DOS)
|
MARTOS
|
VICTORIA
|
39156989
|
2 (DOS)
|
MARZANO
|
MAMIQUEMA
|
38320414
|
5 (CINCO)
|
MASUD
|
JAMIL
|
28619022
|
2 (DOS)
|
MENDIOLA
|
SIOMARA
|
39278551
|
4 (CUATRO)
|
MEZA
|
ARACELI
|
37792849
|
2 (DOS)
|
MORENO
|
JORGE
|
39873250
|
2(DOS)
|
LETRAS “O”
y “P”
Revisión:
martes 22/5 a las 15.45
COMISION 1
OYHAMBURU, MARIBEL 2
PELLERANO, FRANCO 4
PERALTA, LEONELA 2
PORCHILE, EVELYN 2
COMISION 3
OCHOA, ROMINA 4
COMISION 4
PEREZ, LEANDRO 2
COMISION 5
PICONE, MARIA CONSTANZA 4
PAGELLA, AGOSTINA 4-
LETRA N y R MARTES 18:30 REVISION DRA. OTAMENTDI
ROJAS MARIANA LUCIA ..2 DOS
REINA TADEO ..................2 DOS
NARDI MARIANO .............2 DOS
NEME SHEILA ................... 2 DOS
RAMALLO FLORENCIA ..... 6 SEIS
RAVASSA LAUTARO........ 7 SIETE
RODRIGUEZ PATRICIO .........5 CINCO
RIDOLTI MARTINA .... ..........5 CINCO
NEJAMKIN NICOLE ............... 5 CINCO
SANCHEZ CAMILA 6
SANCHEZ EVELIO MATIAS 2
SAN MARTIN MATÍAS 2
SERRES HONORES JULIAN 4
SKOCZDOPOLE AGUSTINA 2
SOSA BRIAN 2
REINA TADEO ..................2 DOS
NARDI MARIANO .............2 DOS
NEME SHEILA ................... 2 DOS
RAMALLO FLORENCIA ..... 6 SEIS
RAVASSA LAUTARO........ 7 SIETE
RODRIGUEZ PATRICIO .........5 CINCO
RIDOLTI MARTINA .... ..........5 CINCO
NEJAMKIN NICOLE ............... 5 CINCO
LETRA S REVISION JUEVES 10:00hs DR. Nuñez
SALO VICTORIA 2 SANCHEZ CAMILA 6
SANCHEZ EVELIO MATIAS 2
SAN MARTIN MATÍAS 2
SERRES HONORES JULIAN 4
SKOCZDOPOLE AGUSTINA 2
SOSA BRIAN 2
ECONOMIA COM 3 Y 4 NOTAS DEL PRIMER PARCIAL
_Torres Carlos 2
_Daniel Pitito 2
_Gabriel Gustavo pitty 2_ tarrillo 2
_de la riva Alicia Liliana 4 Walter Rodríguez 4
_Agustina ailén peric 5
_Mansini Natalia 2
_Joaquín Rúa 9
_Siri Micaela 2
_35140 628 Sin nombre 2
_Bustamante Agustina 2
_Francisco Iglesias 2
_quinteros Paola 6
_Inés foglia 6
_Daniel Pitito 2
_Gabriel Gustavo pitty 2_ tarrillo 2
_de la riva Alicia Liliana 4 Walter Rodríguez 4
_Agustina ailén peric 5
_Mansini Natalia 2
_Joaquín Rúa 9
_Siri Micaela 2
_35140 628 Sin nombre 2
_Bustamante Agustina 2
_Francisco Iglesias 2
_quinteros Paola 6
_Inés foglia 6
MATRIZ RECUPERATORIO COMERCIAL T/C
1. El
Código de Comercio derogado declaraba
comerciantes a:
a) Quienes
se encuentran inscriptos en el Registro
Público de Comercio.
b)
Quienes ejercen actos de comercio, haciendo de ello profesión habitual.
c) Quienes
son titulares de una empresa o establecimiento comercial.
RESPUESTA CORRECTA ES LA (
B )
2. El sistema legal de defensa de la
competencia en argentina:
a) Es
un régimen de derecho privado.
b)
Un régimen de derecho administrativo.
c) Un
régimen de derecho penal.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA (B)
3.
Existe
competencia perfecta en un mercado cuando:
a) Hay muchos compradores y muchos vendedores.
b) Hay muchos vendedores independientemente de la cantidad
de compradores.
c) Hay pocos compradores y muchos vendedores.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA (A)
4.
Las
reglas sobre contrato de transporte se
aplican a:
a) Solo
el trasporte terrestre.
b) A
todos los medios de trasporte, excepto lo dispuesto en leyes especiales.
c)
Todos los medios de transporte,
salvo lo dispuesto en leyes especiales, con excepción del transporte
multimodal.
d) Todos
los medios de transporte, salvo lo dispuesto en leyes especiales, con excepción
del transporte aéreo.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA (C) .
5.
INDICAR
VERDADERO O FALSO:
Cuando
resulta prueba contradictoria de los registros de las partes que litigan y unos
y otros se hallan con todas las
formalidades necesarias y sin vicio alguno, el juez puede prescindir del medio
de prueba y proceder por los meritos de las demás probanzas que se presentan:
VERDADERO O FALSO.
RESPUESTA
CORRECTA FALSO.
6.
INDICAR
VERDADERO O FALSO:
La ley
de Transferencia de Fondos de Comercio se aplica a todo tipo de enajenación inclusive
las que se efectuaren a título oneroso, gratuito o un público remate: VERDADERO O FALSO.
RESPUESTA
CORRECTA VERDADERO.
7.
En
el contrato de Agencia son obligaciones del empresario: (INDICAR LA QUE ES
FALSA)
a) Comunicar
al agente la ejecución parcial o la falta de ejecución del negocio.
b) Pagar
la remuneración.
c) Poner
a disposición del agente catálogos y muestras.
d) Actuar
de buena fé.
e)
Hacer publicidad suficiente de acuerdo a lo pactado.
RESPUESTA
ES LA ( E).
8.
INDICAR
VERDADERO O FALSO:
La
revocación sin justa causa del mandato que fue otorgado por tiempo u asunto
determinado, obliga siempre al mandante a indemnizar al mandatario por los daños causados. VERDADERO O FALSO.
RESPUESTA
CORRECTA ES VERDADERO.
9.
La
clausula ´´ salvo encaje´´ en el contrato de cuenta corriente:
a) Se
debe pactar en cada remesa.
b)
Se presume pactada siempre, salvo pacto que la excluya.
c) Opera
por imperio de ley y no es negociable por las partes su exclusión.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA ( B).
10.
En
el contrato de transporte de pasajeros, el transportista:
a) Responde
siempre por la pérdida o deterioro del equipaje.
b) Responde
solo por la integridad de los pasajeros pero no por el equipaje.
c)
Responde siempre por la pérdida o deterioro del equipaje, salvo
excepciones legales.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA (C ).
11.
MARQUEN
LAS RESPUESTAS CORRECTAS:
1. El representante no queda
obligado para con los terceros.
2. El representante no queda
obligado para con los terceros, excepto que haya garantizado de algún modo el
negocio.
3. El
representante queda obligado para con los terceros, si el representado no
cumple con lo pactado.
RESPUESTAS
CORRECTAS SON 1 Y 2.
12.
MARQUE
LA RESPUESTA CORRECTA:
1. El
fondo de comercio es un sujeto de derecho.
2.
El fondo de comercio es un conjunto de bienes que tiene individualidad.
3. El
fondo de comercio es un conjunto de bienes que no tiene individualidad.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA 2.
13.
Los
conocimientos que trasmite el franquiciante al franquiciado son: MARQUEN LAS
RESPUESTAS CORRECTAS.
1. Conocimientos
patentados.
2.
Conocimientos prácticos.
3.
Secretos, sustanciales, y transmisibles.
RESPUESTAS
CORRECTAS SON LA 2 Y 3.
14.
En
el trasporte de cosas que por su naturaleza, están sujetas a disminución en el
peso o en la medida durante el transporte, el transportista responde: MARQUEN
LAS RESPUESTAS CORRECTAS.
1.
Solo por las disminuciones que excedan la perdida natural.
2.
Si se prueba que la disminución no ha ocurrido por la naturaleza de las
cosas o que, por las circunstancias del caso, no pueden alcanzar la magnitud
comprobada.
3. Siempre
RESPUESTAS
CORRECTAS SON LA 1 Y 2.
15.
Art.
321 CCYCN. La contabilidad debe llevarse sobre una base uniforme de la que
resulte un cuadro verídico de las actividades. Esta parte de la norma se
refiere:
a) Vuelcos
contables cronológicos.
b)
Llevanza contable en base a un mismo sistema contable.
c) Existencia
de balances anuales.
d) Necesidad
de documentación respaldatoria.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA ( B).
16.
L
a comisión del corredor no se debe en los siguientes casos: SEÑALE LA
INCORRECTA
a) ilicitud
del objeto.
b) Incapacidad
o falta de representación.
c) Condición
suspensiva que no se cumple.
d)
Condición resolutoria.
LA
RESPUESTA ES ( D).
17.
La
retribución del consignatario será:
a) La
legal establecida por ley.
b) La
que resulte entre el precio de compra y venta.
c) La
pactada y si no se hubiere pactado la determinara VS.
d)
La pactada y en caso de no existencia de pactO la que sea de usos y
costumbres.
RESPUESTA
CORRECTA ES LA ( D)
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